Texto oficial
Artículo 1: De conformidad con el artículo 13 del
decreto con fuerza de ley Nº 161 del año 1978, del
Ministerio de Relaciones Exteriores, el Consejo de Política
Antártica tendrá por función determinar las bases
políticas científicas, económicas y jurídicas de la
acción nacional en el Territorio Antártico Chileno.