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Artículo 9 del Decreto 495

Aprueba reglamento del consejo de política antartica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 120979 / 8642218.

Texto oficial

Artículo 9: El Secretario Ejecutivo informará periódicamente al Consejo de Política Antártica acerca de las tareas que se están cumpliendo y el Consejo adoptará, cuando corresponda, las medidas que estime necesarias para orientar las actividades del Secretario Ejecutivo y de los Comités de Trabajo.