Texto oficial
Artículo 25.- La cantidad de $1.060.493 establecida en
el inciso segundo de los artículos 2 y 8 y en el inciso
primero de los artículos 14 y 23, se incrementará en
$52.414 para el solo efecto de calcular los montos
diferenciados de los aguinaldos de Navidad y Fiestas
Patrias, de la bonificación adicional al bono de
escolaridad y del bono de vacaciones no imponible que les
corresponda percibir a las funcionarias y a los funcionarios
beneficiarios de la asignación de zona a que se refiere el
artículo 7 del decreto ley N° 249, de 1974, aumentada
conforme a lo prescrito en los artículos 1, 2 y 3 de la ley
N° 19.354, cuando corresponda. Igualmente, la cantidad
señalada en el artículo 19 se incrementará en $52.414
para los mismos efectos antes indicados.