Texto oficial
Artículo 82.- Agrégase en la ley N° 21.722, de
Presupuestos del Sector Público, correspondiente al año
2025, en la glosa 02, asociada a la asignación 030 Fondo
Concursable Becas Ley N° 20.742, del programa 02, capítulo
05, partida 05, en el párrafo tercero, a continuación del
punto y aparte, que pasa a ser punto y seguido, la siguiente
oración: "En aquellos casos en que el convenio sea suscrito
mediante firma electrónica avanzada por todas las partes,
quedará exento de ser autorizado ante notario público.".