Texto oficial
Artículo 9. Realización de la convocatoria. La
convocatoria pública se entenderá realizada cuando el
llamado a concurso sea efectuado por medio de un aviso
publicado en el Diario Oficial y en la página web del
Tribunal Constitucional, por al menos tres días. El llamado
respectivo deberá señalar el cargo que se pretende proveer
y su grado, el señalamiento del lugar en que se encuentran
disponibles las bases del concurso, e indicar la apertura
del plazo de postulación por un término no inferior a diez
días hábiles computados desde la fecha de publicación.