Texto oficial
Artículo 13. Designación del postulante seleccionado.
De la propuesta que presente la Comisión de Selección
corresponderá al Pleno del Tribunal designar al postulante
seleccionado para proveer el cargo vacante, nombramiento que
será cursado por medio de resolución dictada por la
Presidencia del Tribunal.
En igualdad de condiciones de mérito, se seleccionará
preferentemente a personas con discapacidad acreditada, de
acuerdo a la legislación sectorial vigente.