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Artículo 91 de Auto Acordado S/N

Auto acordado que fija el reglamento interno del personal del tribunal constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1210259 / 10532888.

Texto oficial

Artículo 91. Cumplimiento de los deberes y obligaciones funcionarias. Los trabajadores del Tribunal deberán cumplir fiel y esmeradamente sus obligaciones y deberes para con la Institución, las órdenes e instrucciones que les impartan sus superiores jerárquicos y observar estrictamente el principio de probidad. En el ejercicio de sus atribuciones deberán respetar irrestrictamente la dignidad de las personas, observando plenamente la Constitución Política y las leyes aplicables.