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Artículo 129 de Auto Acordado S/N

Auto acordado que fija el reglamento interno del personal del tribunal constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1210259 / 10532941.

Texto oficial

Artículo 129. Objeto de la calificación. El proceso de calificación es un procedimiento que tendrá por objeto evaluar el desempeño, es decir, las conductas y sus resultados en relación con las funciones ejercidas, en consideración a las metas Institucionales, y las aptitudes de cada persona; determinar el derecho a percibir el pago del bono de desempeño contemplado en la Ley Nº 20.224; servir de base para postulaciones a cursos de capacitación; ponderar la contribución del personal al logro de metas Institucionales y colectivas y, también, para fundar el término de la relación laboral. En coherencia con lo señalado precedentemente, el proceso de calificación, implicará la retroalimentación al trabajador, destacando fortalezas y aspectos a mejorar en su desempeño.