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Artículo 133 de Auto Acordado S/N

Auto acordado que fija el reglamento interno del personal del tribunal constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1210259 / 10532945.

Texto oficial

Artículo 133. Período de calificación. La calificación se realizará durante el mes de abril de cada año. El período objeto de calificación comprenderá doce meses de desempeño funcionario, desde el 1º de abril al 31 de marzo del año siguiente. El proceso de calificaciones deberá iniciarse y concluirse dentro del mes de abril de cada año. La calificación sólo podrá considerar las funciones desarrolladas por el funcionariado durante el respectivo período de calificaciones.