Texto oficial
Artículo 140. Medios electrónicos o formato manual.
Los procesos de calificación serán llevados a efecto por
medios electrónicos. En caso de no contar con herramientas
digitales para llevar a cabo el proceso este se efectuará
en formato manual, debiendo el Pleno aprobar los modelos de
hoja de vida, autoevaluación, informe de desempeño del
funcionario, con su respectiva hoja de observaciones,
precalificación, metas y compromisos anuales.