Texto oficial
Artículo 154. Solicitud de calificación. Los
integrantes de las directivas de las Asociaciones de
funcionarios del Tribunal que, voluntariamente, manifiesten
su intención de someterse al proceso, deberán hacerlo por
escrito al Secretario Abogado/a con treinta días de
anticipación al inicio de dicho proceso, quien deberá
informar al Comité de Precalificaciones.