Texto oficial
Artículo 190. De la denuncia por maltrato, acoso
laboral o sexual. La denuncia se presentará en un sobre
cerrado con indicación de "reservado" o "confidencial", el
que será recepcionado conforme a los incisos anteriores.
En el caso que la denuncia se formule por vía
electrónica, y a fin de garantizar la confidencialidad de
la misma, se enviará directamente a la autoridad a quien
corresponda instruir el respectivo procedimiento
disciplinario, quien deberá acusar recibo de su recepción
por la misma vía.