Texto oficial
Artículo 17. Respecto a la resolución precedente, solo procederá el recurso de reposición, el que deberá interponerse por el funcionario/a que se considere agraviado, dentro de cinco días hábiles ante el Tribunal Pleno.
Auto acordado que regula el otorgamiento de la bonificación por retiro voluntario para los funcionarios y funcionarias del tribunal constitucional de chile, establecida en el artículo 84 de la ley n° 21.724, para los años 2025 y 2026
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1210683 / 10535482.