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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija plantas de personal de la subsecretaría de prevención del delito y de la subsecretaría de seguridad pública, determina fecha de iniciación de funciones del ministerio de seguridad pública y regula otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1211566 / 10539897.

Texto oficial

Artículo 12.- El personal señalado en los artículos 8, 9, 10 y 11 del presente decreto con fuerza de ley será traspasado en su misma calidad jurídica, grado y planta o a aquella a la que se encuentre asimilado, según corresponda, y será individualizado a través de decretos expedidos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.