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Artículo 15 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija plantas de personal de la subsecretaría de prevención del delito y de la subsecretaría de seguridad pública, determina fecha de iniciación de funciones del ministerio de seguridad pública y regula otras materias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1211566 / 10539900.

Texto oficial

Artículo 15.- Los requisitos para el ingreso a los cargos que se establecen en los artículos 2 y 4 de este decreto con fuerza de ley, no serán exigibles para efectos del encasillamiento respecto de los funcionarios titulares. Asimismo, para el traspaso de los funcionarios o funcionarias a contrata en virtud de los artículos 8, 9, 10 y 11, así como a aquellos funcionarios cuyas designaciones se prorroguen en las mismas condiciones no les serán exigibles los requisitos antes señalados.