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Artículo 76 de la Ley 21.735

Crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1212060 / 10542933.

Texto oficial

Artículo 76.- Agrégase en el número 7) del artículo 4° de la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, a continuación de la expresión "Instituto Nacional de Derechos Humanos,", la siguiente frase: "del Consejo Directivo del Fondo Autónomo de Protección Previsional, del Consejo Asesor para las licitaciones de cuentas de capitalización individual,".