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Artículo cuadragésimo segundo transitorio de la Ley 21.735

Crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1212060 / 10542983.

Texto oficial

Artículo cuadragésimo segundo.- Las modificaciones efectuadas por esta ley en la ley N° 17.322 entrarán en vigor a partir del primer día del décimo quinto mes siguiente a la publicación de esta ley.