Texto oficial
Artículo cuadragésimo tercero.- Las modificaciones introducidas por este cuerpo legal en la ley N° 20.712, en el decreto con fuerza de ley N° 251, de 1931, del Ministerio de Hacienda, en el decreto con fuerza de ley N° 28, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en la ley N° 18.833, en el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y en la ley N° 18.045, entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación.