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Artículo cuadragésimo tercero transitorio de la Ley 21.735

Crea un nuevo sistema mixto de pensiones y un seguro social en el pilar contributivo, mejora la pensión garantizada universal y establece beneficios y modificaciones regulatorias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1212060 / 10542984.

Texto oficial

Artículo cuadragésimo tercero.- Las modificaciones introducidas por este cuerpo legal en la ley N° 20.712, en el decreto con fuerza de ley N° 251, de 1931, del Ministerio de Hacienda, en el decreto con fuerza de ley N° 28, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en la ley N° 18.833, en el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y en la ley N° 18.045, entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación.