Texto oficial
Artículo primero.- El o los decretos a que se refiere
el inciso final del artículo 1 de esta ley establecerán
las reglas necesarias para la implementación y el pago de
los respectivos subsidios a las instituciones financieras
que hayan otorgado los créditos beneficiados con el
subsidio. Con todo, no se podrán realizar pagos antes del
mes de mayo de 2026.