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Artículo tercero transitorio de la Ley 21.747

Introduce modificaciones a la ley n° 19.169, que establece normas sobre otorgamiento de premios nacionales, para otorgar anualmente el premio nacional de literatura

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1214073 / 10551440.

Texto oficial

Artículo tercero.- La primera entrega del premio de literatura, una vez entrada en vigencia la presente ley, deberá considerar el otorgamiento del mismo a una disciplina -narrativa o poesía- distinta a la galardonada en el año inmediatamente anterior.