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Artículo 3 de la Ley 21.752 · Fija un nuevo fraccionamiento entre el sector pesquero artesanal e industrial

Fija un nuevo fraccionamiento entre el sector pesquero artesanal e industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1214470 / 10553033.

Texto oficial

Artículo 3.- En el caso de determinarse la responsabilidad judicial o administrativa de uno o varios actores del sector industrial respecto de algunas de las infracciones establecidas en los artículos 40 B, 40 C, 40 D, 40 E, 110 letra a), b), c), d), g), h), j), k), l) y m), 113 y 121 bis de la ley N° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, o en los artículos que los reemplacen, en la zona respectiva, no les acrecerá la correspondiente cuota de las pesquerías señaladas en los numerales 1, 2, 3 y 16 del artículo 1.