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Artículo 38 del Decreto 6

Establece reglamento para la dictación de normas de calidad ambiental y de emisión

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1214493 / 10553162.

Texto oficial

Artículo 38. Investigaciones y estudios. En la determinación de las normas secundarias de calidad ambiental, se recopilarán los antecedentes y/o se encargará la preparación de estudios o investigaciones técnicas, científicas, toxicológicas y otras que contribuyan a establecer los niveles de exposición o carencia para la protección o conservación del medio ambiente o la preservación de la naturaleza.