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Artículo 39 del Decreto 6

Establece reglamento para la dictación de normas de calidad ambiental y de emisión

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1214493 / 10553163.

Texto oficial

Artículo 39. Consideraciones. Para establecer las normas secundarias de calidad ambiental, deberá considerarse el sistema global del ambiente a regular, además de las especies y componentes del patrimonio ambiental, que constituyan el sostén de poblaciones locales. Además, se considerarán los antecedentes relativos a las condiciones de explotación de los recursos naturales renovables y no renovables.