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Artículo primero transitorio de la Ley 21.755

Modifica cuerpos legales que indica en materia de simplificación regulatoria y promoción de la actividad económica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1214890 / 10554672.

Texto oficial

Artículo primero.- Las modificaciones introducidas por el artículo 15 en el artículo 33 del decreto ley N° 3.538, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que crea la Comisión para el Mercado Financiero, no serán aplicables si se trata de trámites que hubieran sido realizados o solicitados previo a la entrada en vigencia de las modificaciones que se introducen en el inciso primero o el inciso tercero que se agrega. En tales casos, regirán los montos vigentes al momento en que se realizó o se inició el trámite.