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Artículo 14 de Resolución 1770 EXENTA

Dicta instrucciones generales sobre el procedimiento para las actividades de ensayo de aptitud al que deben someterse las entidades técnicas de fiscalización ambiental en el marco de lo dispuesto en el artículo 3, letra c), de la ley orgánica de la superintendencia del medio ambiente, y del artículo 15 del reglamento de entidades técnicas de fiscalización ambiental de la superintendencia del medio ambiente

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1216223 / 10560484.

Texto oficial

Artículo 14. Plazo para resolver los recursos. Con todo, la autoridad llamada a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren los incisos anteriores, tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlos, decisión que se notificará de conformidad a lo establecido en las disposiciones generales de la presente instrucción.