Saltar al contenido

Artículo 102 (DEL NUM. Nº2) del Decreto 1340 BIS

Deroga el decreto nº 211, de 1924, que aprobó el reglamento general de orden, seguridad y disciplina en las naves y litoral de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 121668 / 10045417.

Texto oficial

Art. 102. En ningún caso el capitán de puerto permitirá la salida de la nave, con animales en pie que vayan fuera de los corrales que establece el Reglamento respectivo, ni en otros sitios o departamentos que los autorizados por la Dirección del Litoral y de Marina Mercante.