Saltar al contenido

Artículo 106 (DEL NUM. Nº2) del Decreto 1340 BIS

Deroga el decreto nº 211, de 1924, que aprobó el reglamento general de orden, seguridad y disciplina en las naves y litoral de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 121668 / 10045422.

Texto oficial

Art. 106. En la pizarra del portalón se pegará una lista firmada por el capitán o primer piloto y delegados respectivos del personal en que estarán establecidos los permisos que se conceden en puerto al personal, indicando los nombres y horas en que pueden bajar a tierra y en que deben recogerse a bordo.