Texto oficial
Art. 110. No se permitirá tener cabo o alambre alguno,
hacia muelles o malecones fuera de los que haya dispuesto el
práctico oficial y éstos deberán estar dotados de discos
de latón de diámetro mínimo de sesenta centímetros, para
evitar que los ratones invadan el barco, los muelles o
malecones.