Texto oficial
Artículo 72.- El ministerio de origen deberá comunicar a la Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversión los proyectos de ley que se formulen, así como todo acto administrativo de alcance general que se proponga al Presidente o a la Presidenta de la República, que contenga normas relativas a autorizaciones sectoriales y/o se refieran a materias comprendidas en la Estrategia para la Modernización de Autorizaciones Sectoriales.