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Artículo 72 de la Ley 21.770

Establece una ley marco de autorizaciones sectoriales e introduce modificaciones a los cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1216930 / 10563253.

Texto oficial

Artículo 72.- El ministerio de origen deberá comunicar a la Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversión los proyectos de ley que se formulen, así como todo acto administrativo de alcance general que se proponga al Presidente o a la Presidenta de la República, que contenga normas relativas a autorizaciones sectoriales y/o se refieran a materias comprendidas en la Estrategia para la Modernización de Autorizaciones Sectoriales.