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Artículo vigésimo séptimo transitorio de la Ley 21.770

Establece una ley marco de autorizaciones sectoriales e introduce modificaciones a los cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1216930 / 10563337.

Texto oficial

Artículo vigésimo séptimo.- Mientras no se haya fijado el sistema o monto de las remuneraciones de quien ejerza la jefatura de la Oficina de Autorizaciones Sectoriales e Inversión, de acuerdo con la ley N° 21.603, su remuneración corresponderá a un grado 4° EUS, en la planta de directivos de exclusiva confianza de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño.