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Artículo vigésimo octavo transitorio de la Ley 21.770

Establece una ley marco de autorizaciones sectoriales e introduce modificaciones a los cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1216930 / 10563338.

Texto oficial

Artículo vigésimo octavo.- La aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 27 comenzará a regir conforme a los plazos de gradualidad de la aplicación del Título VI, a que se refiere el número 3 del artículo tercero transitorio.