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Artículo 7 de la Ley 21.771

Incorpora la fiscalía supraterritorial en la ley nº 19.640, orgánica constitucional del ministerio público, y modifica otros cuerpos legales que regulan actuaciones de los fiscales y de las fiscalías regionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1217155 / 10564222.

Texto oficial

Artículo 7.- Para los fines de la presente ley, salvo que de su texto se desprenda un significado distinto, todas las referencias que en la ley Nº 20.240, que Perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del Ministerio Público, se efectúan a las Fiscalías Regionales y a los Fiscales Regionales, se deberán entender realizadas también, respectivamente, a la Fiscalía Supraterritorial y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Supraterritorial.