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Artículo séptimo transitorio de la Ley 21.769 · Crea el servicio de auditoría interna de gobierno

Crea el servicio de auditoría interna de gobierno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1217692 / 10566482.

Texto oficial

Artículo séptimo.- El artículo 22 entrará en vigencia a contar de la fecha de entrada en operaciones del Servicio de Auditoría Interna de Gobierno.".