Texto oficial
Artículo 25.- Mediación familiar. Corresponderá al Servicio la administración del sistema de mediación familiar, de acuerdo con lo establecido en el Título V de la ley Nº 19.968, que crea los Tribunales de Familia.
Crea el servicio nacional de acceso a la justicia y la defensoría de víctimas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1218455 / 10570000.