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Artículo tercero transitorio de la Ley 21.774

Modifica la ley de fomento a la marina mercante y la ley de navegación, para fomentar la competencia en el mercado del cabotaje marítimo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1218675 / 10570789.

Texto oficial

Artículo tercero.- El inciso quinto del artículo 3 de la Ley de Fomento a la Marina Mercante, incorporado por el número 2 del artículo 1 de esta ley, en lo referido a la excepción de ruta de salida, tendrá una entrada en vigencia gradual y alcanzará un 50% de la carga descargada el primer año, y un 100% al segundo desde la entrada en vigencia de la norma.".