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Artículo 7º de la Ley 21.778 · Estimula la actividad física y el deporte en los establecimientos educacionales

Estimula la actividad física y el deporte en los establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1218810 / 10571706.

Texto oficial

Artículo 7º.- El establecimiento educacional deberá velar por la protección de la salud integral de los niños, niñas y adolescentes durante la realización de actividad física y deporte.