Texto oficial
Artículo 25: El Registro Público de Roles
Provisionales de Usuarios estará constituido por todos
aquellos roles formados por la Dirección en los casos a que
se refiere el artículo 164 del Código de Aguas.
Aprueba reglamento del catastro publico de aguas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 121902 / 8332190.