Texto oficial
Artículo 6. Condiciones de superación para equipos señalados en tabla N° l. Para los equipos señalados en la Tabla N° 1, se considerará sobrepasado el límite, cuando el percentil 98 de los valores promedios horarios, registrados durante un período mensual, con un sistema de medición continua, en alguno de los equipos emisores, sea mayor a lo indicado en la Tabla N° l. Para efectos del cálculo del percentil, se considerarán los períodos en que la planta se encuentre en funcionamiento, descontadas las partidas y paradas de planta.