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Artículo 6 del Decreto 50

Establece norma de emisión de contaminantes en fabricación de pulpa kraft o al sulfato que, en función de sus olores, generan molestia y constituyen un riesgo a la calidad de vida de la población

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1219230 / 10573185.

Texto oficial

Artículo 6. Condiciones de superación para equipos señalados en tabla N° l. Para los equipos señalados en la Tabla N° 1, se considerará sobrepasado el límite, cuando el percentil 98 de los valores promedios horarios, registrados durante un período mensual, con un sistema de medición continua, en alguno de los equipos emisores, sea mayor a lo indicado en la Tabla N° l. Para efectos del cálculo del percentil, se considerarán los períodos en que la planta se encuentre en funcionamiento, descontadas las partidas y paradas de planta.