Texto oficial
Artículo 31.- El premio consistirá para todas las categorías en un certificado de reconocimiento; la inscripción en el Registro Nacional de Artesanía como maestro artesana y artesano; y apoyo para la transmisión, difusión y promoción internacional de su trabajo, en conformidad con una resolución que deberá dictar la Subsecretaría de las Culturas y las Artes. Adicionalmente, quienes sean galardonados en las categorías señaladas en los numerales 1 y 2 del artículo anterior recibirán un premio en dinero equivalente a cincuenta unidades tributarias mensuales, por una sola vez.