Texto oficial
Artículo 7. Unidad de sala y atención de público.
Esta unidad es responsable de la organización y asistencia a la realización de los distintos tipos de audiencias (formalizaciones, procedimientos simplificados, abreviados, preparaciones de juicios orales, controles de detención, tribunal de tratamiento de drogas, entre otras), de otorgar una adecuada atención, orientación e información al público que concurre a la sala especializada, y de manejar la correspondencia de la misma.