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Artículo 11 de Auto Acordado S/N

Acta nº 290-2025

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1219647 / 10575081.

Texto oficial

Artículo 11. Responsable de la unidad de causas y cumplimiento. La unidad de causas y cumplimiento estará a cargo de un jefe o jefa de unidad designado de alguno de los juzgados de garantía pertenecientes a la Corte de Apelaciones de Santiago, conforme al procedimiento de designación que se regula en este Auto Acordado.