Texto oficial
Artículo 3.- Sin perjuicio de las normas y condiciones que establezcan los decretos de concesión, reglamentos o normas técnicas, según corresponda, la prestación del servicio de gas incluye, entre otras, las siguientes materias:
a) Las condiciones y procedimientos para el ofrecimiento e inicio del servicio, suspensión, reposición y término de éste, y cambio de proveedor;
b) Las condiciones de construcción, instalación, operación y mantenimiento de empalmes, medidores, tanques de almacenamiento y sus accesorios definidos en el artículo 6 N° 54 del presente reglamento;
c) La oportuna atención, control y solución de emergencias, accidentes, incidentes, interrupciones de suministro y otros imprevistos;
d) La adecuada transparencia e información a los clientes y consumidores, antes y durante la prestación del servicio; y
e) Las condiciones de calidad del servicio de gas.