Texto oficial
Artículo 1.
Créase la Unidad de Control de la Gestión Administrativa (en adelante denominada la "Unidad") como un órgano de carácter técnico de la Corte Suprema, encargado de contribuir a una gestión interna eficiente, transparente y basada en evidencia, dependiente directamente del presidente o presidenta de esta Corte, sin perjuicio de las atribuciones del Pleno.