Saltar al contenido

Artículo 10° del Decreto 2

Decreta alerta sanitaria y otorga facultades extraordinarias que señala, por emergencia provocada por incendios en las regiones de ñuble y biobío

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1220473 / 10579297.

Texto oficial

Artículo 10°.- Los efectos de este decreto tendrán vigencia hasta el 30 de septiembre de 2026, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado si las condiciones sanitarias así lo permiten.