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Artículo segundo del Decreto 149 EXENTO

Declara duelo nacional por dos días, con motivo del sensible fallecimiento de personas ocurrido con ocasión de los incendios forestales que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1220620 / 10579790.

Texto oficial

Artículo segundo: Ízense a media asta, durante los días señalados, las Banderas Nacionales ubicadas en las sedes del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en las Oficinas y Reparticiones Públicas; en las unidades de las Fuerzas Armadas; de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile. Asimismo, suspéndanse, durante los días señalados, los actos de Gobierno que revistan el carácter de festejo.