Texto oficial
Artículo 29. Rendición de cuentas en soporte papel de las transferencias corrientes y de capital.
Para aquellos receptores cuyas rendiciones de cuentas se encuentran excluidas del uso del SISREC y/o de los sistemas de rendición de cuentas homologados, autorizados por la Contraloría General, para efectos de la documentación de cuentas en soporte papel aplicará lo dispuesto en el artículo 13 de esta resolución.
Finalmente, en estos casos, los receptores podrán utilizar los formatos tipo que esta Contraloría General mantiene a disposición y que se encuentran publicados en su sitio web institucional.