Texto oficial
Artículo 1°. Objetivo. El objetivo de la presente Instrucción es actualizar, precisar el alcance y establecer lineamientos para la estandarización de la publicación que se debe realizar conforme lo dispuesto en el artículo décimo de la ley N°20.285, sobre acceso a la información pública, teniendo en consideración la experiencia adquirida a través de la aplicación de la normativa sobre Transparencia Activa por parte de los sujetos obligados; de los resultados y hallazgos obtenidos en los procesos de fiscalización realizados por este Consejo, así como la conveniencia de fijar criterios comunes para el cumplimiento de los deberes de Transparencia Activa, incorporando nuevos requerimientos y recomendaciones; actualizando términos y promoviendo el uso de lenguaje claro y los formatos de datos abiertos y reutilizables, ofreciendo un texto acorde con las exigencias de transparencia, publicidad, rendición de cuentas y acceso directo y expedito a la información que poseen las Empresas Públicas, Empresas del Estado y Sociedades del Estado.