Texto oficial
Artículo 13. Información sobre filiales o coligadas y todas las entidades en que tengan participación, representación e intervención. Para dar cumplimiento a este requerimiento las empresas deberán publicar respecto de todas las entidades en que tengan participación, representación e intervención, cualquiera sea la naturaleza de éstas y el fundamento normativo que justifique el vínculo, la siguiente información:
a) Nombre comercial o razón social y RUT de la sociedad filial o coligada o entidad en la que participa;
b) Tipo de vínculo (filial, coligada, participación, representación o intervención);
c) Fecha de inicio del vínculo;
d) Fecha de término del vínculo; o la indicación de que tiene carácter de indefinido;
e) Descripción del vínculo;
f) Enlace al texto íntegro y actualizado de la norma o convenio que lo justifica; y
g) Enlace al sitio electrónico de las sociedades filiales, coligadas y otras similares. En el caso de que dichas entidades no posean sitio electrónico propio, se deberá incluir un mensaje en el que se informe la mencionada situación.