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Artículo 21 de Resolución 12 EXENTA

Aprueba y fija el nuevo texto actualizado y refundido de la instrucción general del consejo para la transparencia, sobre transparencia activa para empresas públicas, empresas del estado y sociedades del estado y deroga instrucción general n°5, de este consejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1220892 / 10581060.

Texto oficial

Artículo 21. Información relativa a las remuneraciones u honorarios. Para informar la remuneración u honorarios de las personas indicadas en el artículo precedente, se deberá consignar, en una plantilla lo siguiente: a) Año al que corresponde la publicación y mes de la última actualización; b) Nombre completo (primer apellido, segundo apellido y nombre o nombres, según corresponda); c) Cargo de la persona (director, presidente o vicepresidente ejecutivo y gerentes responsables de la dirección y administración superior de la empresa); d) Unidad monetaria en la que se le paga la remuneración u honorario. En cada monto de la información a publicar se debe indicar la divisa o moneda en la cual se efectuó el pago de la remuneración u honorario (por ejemplo, peso chileno, dólar estadounidense, euro, libra esterlina, entre otras); e) Monto total bruto y acumulado de las remuneraciones u honorarios del respectivo año; f) Monto total líquido y acumulado de las remuneraciones u honorarios del respectivo año; g) Observaciones. En dicha columna se indicarán, respecto de cada persona, si está contratada por una jornada parcial, si tiene un contrato a honorarios y cualquier otra circunstancia relevante que pudiere clarificar, modificar o precisar la información que bajo este numeral debe ser contenida a su respecto.