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Artículo 31 de Resolución 12 EXENTA

Aprueba y fija el nuevo texto actualizado y refundido de la instrucción general del consejo para la transparencia, sobre transparencia activa para empresas públicas, empresas del estado y sociedades del estado y deroga instrucción general n°5, de este consejo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1220892 / 10581072.

Texto oficial

Artículo 31. Protección de datos personales. En el cumplimiento de sus obligaciones de Transparencia Activa, los sujetos obligados deberán abstenerse de publicar datos personales que tengan carácter reservado conforme a lo establecido en la Ley N°19.628, así como los datos personales de contexto, esto es, direcciones, correos electrónicos, números telefónicos, estado civil, edad, u otros de similar naturaleza. La misma norma aplicará tratándose de las publicaciones que se efectúen en Transparencia Proactiva.